miércoles, 15 de diciembre de 2010

Macri, los inmigrantes y la legalidad



A raíz del conflicto habitacional que estalló en Villa Soldati, en la última semana el jefe de Gobierno porteño, Mauricio Macri, realizó varias declaraciones. Algunas de alto contenido xenófobo, como cuando se refirió a la "inmigración descontrolada" proveniente de Bolivia y Paraguay, que luego intentó edulcorar invitando a algunos "amigos" suyos de esas nacionalidades (los cuales analizaremos más adelante). Pero Macri también habló de "resolver todo siempre dentro de la ley", y de esta forma cargó las tintas sobre aquellos inmigrantes que mantienen una situación de irregularidad. Inmigrantes que, según él, ingresan al país, se establecen en las villas de la Ciudad y, para colmo, hacen uso de los hospitales y escuelas de los porteños, como vemos en este video.




 


Pero cuando Macri habla de "cumplir la ley", sólo se refiere a la situación de ilegalidad que mantienen algunos inmigrantes. Pero ¿conocerá la Ley de Migraciones? Por las dudas, transcribo algunos de sus artículos.

ARTICULO 4° - El derecho a la migración es esencial e inalienable de la persona y la República Argentina lo garantiza sobre la base de los principios de igualdad y universalidad.

ARTICULO 6° - El Estado en todas sus jurisdicciones, asegurará el acceso igualitario a los inmigrantes y sus familias en las mismas condiciones de protección, amparo y derechos de los que gozan los nacionales, en particular lo referido a servicios sociales, bienes públicos, salud, educación, justicia, trabajo, empleo y seguridad social.

ARTICULO 7° - En ningún caso la irregularidad migratoria de un extranjero impedirá su admisión como alumno en un establecimiento educativo, ya sea este público o privado; nacional, provincial o municipal; primario, secundario, terciario o universitario. Las autoridades de los establecimientos educativos deberán brindar orientación y asesoramiento respecto de los trámites correspondientes a los efectos de subsanar la irregularidad migratoria.

ARTICULO 8° - No podrá negársele o restringírsele en ningún caso, el acceso al derecho a la salud, la asistencia social o atención sanitaria a todos los extranjeros que lo requieran, cualquiera sea su situación migratoria. Las autoridades de los establecimientos sanitarios deberán brindar orientación y asesoramiento respecto de los trámites correspondientes a los efectos de subsanar la irregularidad migratoria.

ARTICULO 13° - A los efectos de la presente ley se considerarán discriminatorios todos los actos u omisiones determinados por motivos tales como etnia, religión, nacionalidad, ideología, opinión política o gremial, sexo, género, posición económica o caracteres físicos, que arbitrariamente impidan, obstruyan, restrinjan o de algún modo menoscaben el pleno ejercicio sobre bases igualitarias de los derechos y garantías fundamentales reconocidos en la Constitución Nacional, los Tratados Internacionales y las leyes.


No se puede pretender que los "vecinos" de Soldati, si es que son tales, conozcan esta ley (aunque las leyes, según el Código Civil, se presumen conocidas por todos). Pero la máxima autoridad de la Ciudad, con metas presidenciales, no puede desconocerla. Acá hay dos cosas graves. O jamás la leyó, o lo hizo y aún así su mentalidad considera que es una ley incorrecta. No sé que es peor.

1 comentario:

  1. Yo no sé siquiera si Macri sabe leer, cada vez lo dudo más!
    Muy bueno el blog, juancho!

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